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Por: ANDINA • Futbolperuano.com

Perú: ¿Cuánto es la multa por reuniones familiares y sociales?

Ministerio del Interior dio a conocer la multa a pagar si es que se encuentra a personas realizando reuniones familiares y sociales.

Actualización
Multas por reuniones familiares y sociales. Foto: Andina
Multas por reuniones familiares y sociales. Foto: Andina

Ministerio del Interior dio a conocer la multa a pagar si es que se encuentra a personas realizando reuniones familiares y sociales.

(Andina).- El Ministerio del Interior (Mininter) recordó a la comunidad que las reuniones sociales y familiares están prohibidas todos los días, y que las personas que desacaten esta medida no solo serán detenidas por la Policía, sino multadas con 387 soles.

En esa línea, se hace una invocación a la población a acatar de manera responsable las restricciones y evitar el incremento de los contagios a consecuencia del coronavirus, bajo el lema Primero mi Salud.

El Gobierno ha prohibido las reuniones familiares y sociales, luego de constatar que en las últimas semanas éstas se habían convertido en un nuevo foco de contagios del coronavirus, especialmente para poblaciones vulnerables, como los adultos mayores.

El INEI informó ayer que, de acuerdo con los resultados de la Encuesta Nacional de Hogares (Enaho), al primer trimestre del 2020, en el 43.9% de los hogares del país vive alguna persona de 60 y más años de edad.

Es decir, en uno de cada dos hogares peruanos vive un adulto mayor, un dato que sin duda nos debe advertir del impacto que podemos generar en el número de contagiados, si insistimos en las visitas familiares.

  • Multas

Vale recordar que las multas contra los que vulneren las restricciones oscilan entre los 86 y los 430 soles, montos equivalentes al 2% y 10% de la unidad impositiva tributaria (UIT).

En caso de que se encuentren vehículos transitando (en el horario de restricción), la sanción económica será más fuerte para los que no cuenten con autorización, hasta los 6,250 soles.

Se debe tener presente que, en el marco del estado de emergencia, el derecho a la inviolabilidad del domicilio está restringido, de manera que los agentes de la PNP están facultados por ley para ingresar, incluso por la fuerza, a las viviendas donde se detecte aglomeración de personas o reuniones de carácter familiar y sociales.