ELIMINATORIAS MUNDIAL 2026

Por: Stewart Luya • Futbolperuano.com

Byron Castillo: Chile se aferra a los artículos 21 y 22 del Código Disciplinario de la FIFA

Eduardo Carlezzo, abogado de la Federación de Fútbol de Chile, se refirió sobre el caso Byron Castillo.

Actualización
FIFA. Foto: @fifacom_es
FIFA. Foto: @fifacom_es

Eduardo Carlezzo, abogado de la Federación de Fútbol de Chile, se refirió sobre el caso Byron Castillo.

Eduardo Carlezzo, abogado de la Federación de Fútbol de Chile (ANFP), reconoció que en caso se confirme que Byron Castillo nació en Colombia y no en Ecuador, se deberá aplicar los artículos 21 y 22 del Código Disciplinario de la FIFA. Por tanto, Ecuador pasaría a perder los partidos en los que actuó el defensor de 23 años y Chile escalaría al cuarto puesto y reclamaría el boleto al Mundial Qatar 2022.    

"Nuestras peticiones son en tres líneas: sancionar a Ecuador por los artículos 21 y 22. Debido a la gravedad de los hechos pues esto lleva desde hace muchos años, pedimos que sea prohibida su participación en el fútbol profesional y que a Chile se le den los puntos y la exclusión de Ecuador para el proceso a 2026", indicó en conferencia de prensa.

Más adelante, el brasileño señaló que "esto no cambia nada, el proceso disciplinario se abrió contra la Federación Ecuatoriana de Fútbol. Cualquier sanción que se aplique, seguramente será para ellos (..) Aplicando el artículo 22, Chile llegaría cuarto y no veo que eso pueda beneficiar a otras selecciones nacionales. Otros que puedan tener interés, no me cabe calificar o suponer intereses que tengan".

Finalmente, explicó por qué Perú está involucrado en el tema. "Ecuador tiene 10 días para presentar su contestación y se abrió plazo para que Perú presente sus observaciones. En ningún momento mencionamos a Perú, pero yo entiendo que, potencialmente, se identificó que, entre las sanciones que podría aplicar FIFA, alguna podría afectarlos y, por lo tanto, para evitar eventuales nulidades futuras se entendió citarlos".

¿Qué dicen los artículos 21 y 22?

Falsificación de documentos: "toda persona que, en el ámbito de cualquier actividad relacionada con el fútbol, cree un documento falso, falsifique un documento existente o utilice un documento falsificado será sancionada con una multa y con una suspensión que dure al menos seis partidos o un periodo determinado que en ningún caso será inferior a doce meses".

Derrota por retirada o renuncia: "en caso de que un jugador participe en un partido oficial para el cual no es convocable, se sancionará a su equipo con la derrota por retirada o renuncia y una multa de 6000 CHF como mínimo. Dicho jugador también podrá ser sancionado".
 

Foto: FIFA
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