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Por: Redacción • Futbolperuano.com

¿Por qué Telefónica denunció a Claro, Entel y Bitel en Perú?

Por un presunto caso de competencia desleal en la venta y contratación del servicio público móvil, Telefónica denunció a Claro, Entel y Bitel. ¿Qué pasará?

Bitel es una de las marcas denunciadas por Telefónica. Foto: Shutterstock
Bitel es una de las marcas denunciadas por Telefónica. Foto: Shutterstock

Por un presunto caso de competencia desleal en la venta y contratación del servicio público móvil, Telefónica denunció a Claro, Entel y Bitel. ¿Qué pasará?

La Secretaría Técnica Adjunta de los Cuerpos Colegiados del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) ha iniciado procedimientos administrativos sancionadores contra las empresas operadoras Claro, Entel y Bitel. Se les acusa de cometer actos de competencia desleal en la venta y contratación del servicio público móvil, violando la cláusula general establecida en el artículo 6 de la Ley de Represión de la Competencia Desleal (LRCD).

Telefónica presentó previamente una denuncia contra sus principales competidores, alegando competencia desleal y conductas contrarias a la buena fe empresarial. Tras una investigación, la Secretaría Técnica Adjunta del OSIPTEL encontró indicios de violación de la cláusula general de la LRCD por parte de las empresas denunciadas. Estas estrategias comerciales contrarias a la buena fe empresarial buscarían distorsionar las condiciones de competencia en el mercado de servicios móviles para obtener beneficios ilícitos.

Una de las estrategias detectadas es el uso de aplicativos móviles de venta para promover ventas itinerantes en la vía pública, lo cual está prohibido por la normativa vigente. Se sospecha que en estas contrataciones a través de aplicativos móviles no se están aplicando suficientes medidas de seguridad, lo que facilita que distribuidores y vendedores utilicen estos medios de forma indebida.

Otra estrategia identificada es el establecimiento de incentivos económicos, beneficios y promociones a distribuidores y vendedores basados en el número de ventas de líneas móviles, especialmente a través de canales itinerantes o en la vía pública.

Las resoluciones que han iniciado los procedimientos sancionadores conceden a Claro, Entel y Bitel un plazo de 15 días hábiles para presentar sus defensas.

Medidas cautelares contra Claro, Entel y Bitel:

El Cuerpo Colegiado Permanente del OSIPTEL ha ordenado a Claro, Entel y Bitel que los aplicativos móviles utilizados para la venta y contratación de su servicio público móvil solo puedan ser utilizados para transacciones realizadas a través del canal de entrega a domicilio (delivery), con el personal de la empresa debidamente registrado para dicho canal.

Además, se les ha pedido retirar de las tiendas de aplicativos o plataformas de descarga (como Play Store o App Store) cualquier aplicativo o programa informático móvil que permita realizar ventas o contrataciones del servicio público móvil.

Estas medidas cautelares deben ser cumplidas en un plazo de cinco días hábiles a partir de la notificación de la resolución. Una vez transcurrido este plazo, las empresas denunciadas tienen tres días hábiles para demostrar las acciones adoptadas para cumplir con lo dispuesto por el Cuerpo Colegiado Permanente del OSIPTEL.