PERÚ

Por: Diego Medina Castro • Futbolperuano.com

Perú: ¿Puedes usar tu vehículo particular durante la cuarentena de 15 días?

Lima y Callao ingresaron a nivel de alerta extrema tras presencia de la segunda ola de la COVID-19.

Decreto Supremo ya fue publicado en el Diario El Peruano. Foto: Andina
Decreto Supremo ya fue publicado en el Diario El Peruano. Foto: Andina

Lima y Callao ingresaron a nivel de alerta extrema tras presencia de la segunda ola de la COVID-19.

Las nuevas normativas sanitarias que dispuso el Gobierno ya fueron publicadas en el Diario El Peruano a través del Decreto Supremo. En ella, detalla cada una de las prohibiciones y medidas a tomar en medio de esta segunda ola de la COVID-19 en el Perú.

El Perú nuevamente ha sido dividida en niveles de alerta (Alto, Muy Alto y Extremo). Lima y Callao han ingresado a nivel de alerta extrema, por lo que las medidas a tomar son más rigurosas, con el objetivo de no propagar el virus y salvaguardar las familias peruanas.

Uno de los puntos que más se pregunta la ciudadanía es sobre el transporte. Hay personas que aún deben seguir trabajando y trasladarse hacia otros distritos. El Decreto Supremo indica en el Artículo 8 "Limitación al ejercicio del derecho a la libertad de tránsito de las personas" todo sobre el transporte público y particular.

"Hasta el 14 de febrero de 2021, se dispone la prohibición del uso de vehículos particulares, según el Nivel de Alerta por Departamento, conforme al siguiente detalle: Nivel de alerta alto: domingos, Nivel de alerta muy alto: sábados y domingos, Nivel de alerta extremo: todos los días", se lee en el Decreto Supremo.

Con ello, hace indicar que no se puede sacar el vehículo particular durante la cuarentena. Existirá el transporte público y solo podrán viajar las personas que cuenten con el pase laboral o permiso según la ley. Asimismo, el uso de carros solo estará permitido para aquellos que tengan esa licencia en mención.

"Excepcionalmente, podrán circular los vehículos particulares que cuenten con el respectivo pase vehicular, emitido por la autoridad competente", se agrega en el Decreto Supremo.