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Por: Redacción • Futbolperuano.com

Restricciones en Perú: ¿qué no podrás hacer si vives en una ciudad con cuarentena focalizada?

El Gobierno de Perú, extendió el Estado de Emergencia y cuarentena focalizada hasta el 30 de setiembre. ¿Cuáles son las restricciones de una ciudad en cuarentena?

Actualización
Restricciones vigentes hasta el 30 de setiembre. Foto: Andina
Restricciones vigentes hasta el 30 de setiembre. Foto: Andina

El Gobierno de Perú, extendió el Estado de Emergencia y cuarentena focalizada hasta el 30 de setiembre. ¿Cuáles son las restricciones de una ciudad en cuarentena?

Ante el incremento desmesurado de casos de COVID-19 en el país, el Gobierno de Perú anunció que el Estado de Emergencia y la cuarentena focalizada se ampliaría hasta el próximo 30 de setiembre. Es así como cuatro regiones del país y 46 provincias de otros 14 departamentos, continuarán con las restricciones hasta ahora establecidas y que se levantarían a finales de este mes.

¿Qué no debes hacer si vives en una ciudad con cuarentena focalizada?

Según el Decreto Supremo publicado en el diario oficial El Peruano, los departamentos de Cusco, Moquegua, Puno y Tacna, así como otras ciudades a lo largo del país, seguirán cumpliendo con la cuarentena focalizada, es decir, la inmovilización total de las personas en sus domicilios será desde las 22:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente.

Del mismo modo, la inmovilización total de los domingos, seguirá siendo durante todo el día, hasta las 04:00 horas del día siguiente y deberá ser acatada por todos los ciudadanos en el país, con excepción del personal que participa en la prestación de servicios de abastecimiento de alimentos, salud, medicinas, servicios financieros, delivery, entre otros.

Durante la presente prórroga del Estado de Emergencia Nacional queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio”, menciona el documento.

Asimismo, quedan estrictamente prohibidas las reuniones sociales, incluyendo las que se realizan en domicilios y visitas familiares de miembros que no residan en el lugar, con el objetivo de frenar la propagación de la COVID-19.

Con respecto a los niños menores de 14 años, adultos mayores de 65 años y personas que presenten comorbilidades, no podrán salir de sus hogares ni mucho menos recibir visitas y así evitar el contacto físico con personas que vienen de fuera.

Esta norma entra en vigencia a partir del 1 de setiembre de 2020, así que a tomar las medidas necesarias para cumplir con la norma.