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Universitario: Gremco deberá convocar a Junta de Acreedores en los próximos 10 días y elegir al nuevo administrador

Gremco tendrá que acelerar la convocatoria del nuevo administrador de Universitario.

Actualización
Gremco tendrá 10 días para convocar a Junta de Acreedores. Foto: Andina
Gremco tendrá 10 días para convocar a Junta de Acreedores. Foto: Andina

Gremco tendrá que acelerar la convocatoria del nuevo administrador de Universitario.

La Comisión de Procedimientos Concursales (CCO) del Indecopi fijó un plazo de 10 días hábiles para que Gremco convoque a Junta de Acreedores y se designe al nuevo administrador del Club Universitario de Deportes.

La institución detalló que este plazo vence el 8 de julio próximo. 

"La decisión se informó a Gremco el 23 de junio mediante el Requerimiento Nº 1236-2020/CCO-Indecopi, de conformidad con la Resolución Nº 1614-2020/CCO-Indecopi", señala.

La convocatoria sobre la que llama la atención la CCO es para elegir al nuevo administrador concursal del Club Universitario de Deportes. 

Procedimiento establecido 

Una vez que Gremco remita el referido aviso de convocatoria de Junta de Acreedores, este será tramitado bajo el amparo de la Ley General del Sistema Concursal y la Directiva N° 009-2018/DIR-COD-Indecopi. Es decir, se publicará en el Boletín Concursal de la web institucional. 

Con este requerimiento, la CCO reitera el pedido que sobre este tema ya había solicitado a Gremco, en su calidad de presidente de la Junta el pasado 17 de junio, mediante Carta Nº 0238-2020/CCO-Indecopi, para que se convoque a una reunión virtual de la Junta de Acreedores en la que se debe designar a un nuevo administrador. 

Como se sabe, el primer aviso de convocatoria para la designación de un nuevo administrador no pudo ser publicado en marzo de este año por la CCO, como se tenía previsto, debido al estado de emergencia nacional e inmovilización social obligatoria. 

Ante esta situación, el Indecopi dictó la Directiva Nº 001-2020/DIR-COD-Indecopi, que permite la realización de las Juntas de Acreedores de manera virtual a fin de no afectar las disposiciones referidas a la inmovilización social obligatoria. 

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