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Por: Futbolperuano.com/Andina • Futbolperuano.com

¿Hay toque de queda durante el estado de emergencia en San Juan de Lurigancho, San Martín de Porres y Sullana?

Los distritos de San Juan de Lurigancho y San Martín de Porres han sido blanco de constantes actos delicuenciales.

Actualización
Estado de Emergencia en Perú. Foto: Andina
Estado de Emergencia en Perú. Foto: Andina

Los distritos de San Juan de Lurigancho y San Martín de Porres han sido blanco de constantes actos delicuenciales.

El último 19 de setiembre, en horas de la noche, se oficializó el estado de emergencia en los distritos limeños de San Martín de Porres y San Juan de Lurigancho; así como también en la provincia de Sullana, en Piura.

La medida, que comenzó a regir desde la medianoche del miércoles 20 de setiembre, obedece a los actos índices de criminalidad que se vienen dando en las localidades mencionadas y que ha costado la vida a más de un ciudadano.

En tal sentido, durante el estado de emergencia los ciudadanos tendrán una serie de restricciones, entre las cuales no estaría contemplado, al menos en un inicio, el toque de queda o inmovilización social obligatoria.

Hay que recordar que, durante el 2020 y parte del 2021, todo nuestro país se acostumbró a vivir en toque de queda, como una medida para frenar los contagios por coronavirus.

¿Qué restricciones habrán en San Juan de Lurigancho, San Martín de Porres y Sullana durante el estado de emergencia?

Según lo dispuesto en la norma, quedan suspendidos los eventos sociales y espectáculos en el horario comprendido entre las 00:00 y las 04:00. Todo ello durante los 60 días que durará el estado de emergencia (hasta el 18 de noviembre).

De igual forma, durante este periodo se aplicará "la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de reunión y libertad y seguridad personales". 

Se consigna, además, que la intervención de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas en las jurisdicciones mencionadas se regirá por lo dispuesto en la norma.

Se especifica que el Ministerio del Interior gestionará acciones de la Policía con la Dirección Nacional de Migraciones y la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil.

De igual manera, esta cartera ministerial coordinará con los gobiernos regionales y locales para que se realicen acciones de fiscalización administrativa en el transporte público, incluyendo vehículos menores, y en lugares de diversión, espectáculos y hospedajes. 

Para garantizar el cumplimiento de las restricciones mencionadas, se efectuarán acciones de videovigilancia, patrullaje integrado y actualización de los mapas del delito y riesgo.