Congreso aprueba un nuevo retiro de la AFP hasta por 4 UIT
Los afiliados de la AFP tendrán la oportunidad de hacer un nuevo retiro tras decisión del Congreso.
Los afiliados de la AFP tendrán la oportunidad de hacer un nuevo retiro tras decisión del Congreso.
Andina. El pleno del Congreso de la República aprobó autorizar a todos los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) el retiro facultativo de hasta cuatro unidades impositivas tributarias (UIT), equivalentes a S/ 20,600, de sus fondos en las Administradoras de Fondo de Pensiones (AFP).
El dictamen que permite el séptimo retiro de los fondos en las AFP fue aprobado en primera votación por 97 votos a favor, 5 votos en contra y 5 abstenciones. El pleno de la representación nacional acordó también exonerarlo del trámite de segunda votación.
El retiro de hasta 4 UIT de los fondos de las AFP se aprobó luego de un extenso debate que se inició esta mañana y luego de un cuarto intermedio y una cuestión previa.
La bancada de Fuerza Popular solicitó el cuarto intermedio para que la propuesta de liberación de fondos de hasta S/20.600 se evalúe en un dictamen conjunto con la reforma del sistema previsional peruano. Tras este pedido, el pleno se suspendió hasta las 15.00 horas.
Posteriormente, los congresistas José Luna y Guido Bellido presentaron una cuestión previa para votar por separado el retiro de las 4 UIT de las AFP y la reforma previsional.
Según el texto sustitutorio aprobado, todos los afiliados, sin ninguna excepción, están autorizados a realizar el retiro extraordinario y facultativo de parte de sus partes de sus fondos acumulados en sus cuentas individuales de capitalización.
"La presente ley tiene por objeto autorizar de manera extraordinaria a todos los afiliados al Sistema Privado de Fondo de Pensiones, sin excepción, el retiro facultativo de sus fondos acumulados en las cuentas individuales de capitalización, hasta por el monto de cuatro (4) unidades impositivas tributarias (UIT)", precisa el dictamen aprobado.
Tras la aprobación de la propuesta legislativa, corresponde que se elabore la autógrafa de la ley que será enviada al Poder Ejecutivo, el cual tiene un plazo de hasta 15 días hábiles para promulgar u observar la norma.