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MTC sancionará actos irregulares en instituciones de revisiones técnicas vehiculares

El MTC presentó un proyecto de ley donde mostró la tabla de sanciones para instituciones que emitan certificado pese a incumplimiento de normas técnicas.

Por: MTC • Futbolperuano.com
MTC busca fiscalizar instituciones de revisiones técnicas. Foto: Andina
MTC busca fiscalizar instituciones de revisiones técnicas. Foto: Andina

El MTC presentó un proyecto de ley donde mostró la tabla de sanciones para instituciones que emitan certificado pese a incumplimiento de normas técnicas.

Con el objetivo de fortalecer la seguridad vial en el país, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) publicó hoy el proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares y aprueba la Tabla de Infracciones y Sanciones para las Entidades Encargadas de las Inspecciones Técnicas Vehiculares Especiales.

Mediante la Resolución Ministerial N° 0480-2020-MTC/01.02, publicada en El Peruano, el MTC establece las obligaciones, infracciones y sanciones que corresponderá aplicar a los Centros de Inspección Técnica Vehicular (CITV) que emitan un certificado aprobatorio sin cumplir adecuada y eficazmente la inspección técnica.

Con esta medida, se busca eliminar los actos irregulares en la inspección técnica vehicular que se hace para dar la conformidad a la modificación, montaje y fabricación, así como las certificaciones de vehículos de colección.

Dicha tabla tiene como propósito asegurar el cumplimiento de los requisitos técnicos, las condiciones de seguridad y calidad de los servicios autorizados, así como dotar a la autoridad encargada de la fiscalización de herramientas de sanción para evitar y corregir conductas que puedan afectar la calidad de las inspecciones técnicas vehiculares especiales.

La Tabla de Infracciones y Sanciones se divide en tres niveles:

  • Muy graves: Clausura y cierre del local. Además, de una multa de S/43 mil, equivalente a 10 UIT, por infracción detectada.
  • Graves: Suspensión de la autorización para operar por el plazo de sesenta días calendario.
  • Leves: Suspensión de la autorización por el plazo de treinta días calendario.

La fiscalización estará a cargo de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN), que también tendrá la potestad de sancionar a las entidades antes mencionadas.

La publicación del proyecto estará disponible durante 10 días hábiles en la misma dirección virtual.