Ecosem Pasco amplió su reclamo contra Nacional FBC de Arequipa
El Ecosem Pasco cayó en cuartos de final de la Etapa Nacional de la Copa Perú 2024.
El Ecosem Pasco cayó en cuartos de final de la Etapa Nacional de la Copa Perú 2024.
El Ecosem Pasco amplió su reclamo y le solicitó a la Comisión de Justicia de la Federación Peruana de Fútbol mostrar los comprobantes de pago de las multas interpuestas al Nacional FBC y a los jugadores Carlos Enrique Anglos Capcha y Andy Jeferson Polar Paredes, quienes tuvieron acción en cuartos de final ante el cuadro pasqueño y fueron sancionados en el inicio de la Etapa Nacional de la Copa Perú 2024 por los hechos ocurridos ante Juventud Unión Soratira en el Polideportivo de Azángaro.
"Por convenir a mi derecho corno institución deportiva solicito a vuestra comisión que se corra traslado a la oficina encargada de recaudar el pago de todos los conceptos establecidos en el reglamento de Copa Perú, con la finalidad de requerir a dicha oficina el pago de las multas impuestas al Club Nacional FBC de Moliendo y de sus jugadores Carlos Enrique Anglas Capcha y Andy Jeferson Polar Paredes, de acuerdo con la Resolución de la Comisión Disciplinaria Nº 103- CD-FPF-2024 de fecha 13 de noviembre del presente año", indicó Ecosem Pasco en una carta dirigida a la FPF.
Es preciso recordar que, hace unos días, el Nacional FBC, con Carlos Enrique Anglos Capcha y Andy Jeferson Polar Paredes entre sus titulares, derrotó por la mínima diferencia al Ecosem Pasco en el estadio Iván Elías Moreno de Villa El Salvador y se clasificó a semifinales de la Copa Perú 2024.
#CopaPerú | ECOSEM PASCO AMPLÍA SU RECLAMO Y PIDE PRUEBAS DE PAGO DE MULTAS DE NACIONAL FBC ?? Mediante una ampliación...
Posted by Hincha Pelotas Sport D on Tuesday, December 17, 2024
¿Qué dice la resolución N° 103-CD-FPF-2024?
PRIMERO: SUSPENDER por cuatro (04) fechas al SR. CARLOS ENRIQUE ANGLOS CAPCHA y la imposición de la multa de 0.5 UIT por haber infringido los artículos 55 y 66 del RUJ-FPF. Esta suspensión deberá ser aplicada conforme a los artículos 20° y 21° del mismo cuerpo normativo.
SEGUNDO: SUSPENDER por un año al SR. CARLOS ALBERTO CARAZA PEREZ y la imposición de la multa de 0.5 UIT por haber infringido los artículos 49 y 65 del RUJ-FPF. Esta suspensión deberá ser aplicada conforme a los artículos 20° y 21° del mismo cuerpo normativo.
TERCERO: SUSPENDER por cuatro (04) fechas al SR. ANDY JEFERSON POLAR PAREDES por haber infringido los artículos 49 y 65 del RUJ-FPF. Esta suspensión deberá ser aplicada conforme a los artículos 20° y 21° del mismo cuerpo normativo.
CUATRO: MULTAR al CLUB NACIONAL FBC con el pago de dos (2) UIT por la vulneración de los artículos 70° y 73° del RUJ-FPF. La Comisión Disciplinaria deja constancia que la multa se deberá abonar en Soles, considerando el valor de la UIT vigente.