Nacional FBC recibe dura sanción por parte de la Comisión Disciplinaria de la FPF
Nacional FBC disputará los dieciseisavos de final de la Etapa Nacional de la Copa Perú 2024.
Nacional FBC disputará los dieciseisavos de final de la Etapa Nacional de la Copa Perú 2024.
En la previa de los dieciseisavos de final de la Etapa Nacional de la Copa Perú 2024, la Comisión Disciplinaria de la Federación Peruana de Fútbol (FPF) sancionó drásticamente a tres futbolistas del Nacional FBC por los hechos ocurridos ante Juventud Unión Soratira en el Polideportivo de Azángaro: un año de suspensión a Carlos Caraza, cuatro fechas de suspensión a Carlos Anglos y cuatro fechas de suspensión a Andy Polar. Además, el subcampeón arequipeño deberá pagar una multa de 2 UIT.
En la resolución No. 103-CD-FPF-2024 se indica que Carlos Alberto Caraza Pérez "habría iniciado y provocado una rebelión colectiva con sus compañeros contra el equipo rival y habría escupido a la cuarteta arbitral una vez finalizado el encuentro, con lo que habría vulnerado los artículos 49° y 65° del RUJ-FPF".
Andy Jeferson Polar Paredes, por su parte, "habría trepado la malla de seguridad con la finalidad de lanzar objetos contra el público espectador; y, realizar gestos obscenos con la mano, con lo que habría vulnerado los artículos 49° y 55° del RUJ-FPF".
Finalmente, la Comisión Disciplinaria de la FPF señala que Carlos Enrique Anglos Capcha "se bajó parte del uniforme (shorts) con la finalidad de mostrar sus nalgas al público espectador del encuentro, con lo que habría vulnerado los artículos 55° y 66° del RUJ-FPF".
Resolución de la Comisión Disciplinaria:
PRIMERO: SUSPENDER por cuatro (04) fechas al SR. CARLOS ENRIQUE ANGLOS CAPCHA y la imposición de la multa de 0.5 UIT por haber infringido los artículos 55 y 66 del RUJ-FPF. Esta suspensión deberá ser aplicada conforme a los artículos 20° y 21° del mismo cuerpo normativo.
SEGUNDO: SUSPENDER por un año al SR. CARLOS ALBERTO CARAZA PEREZ y la imposición de la multa de 0.5 UIT por haber infringido los artículos 49 y 65 del RUJ-FPF. Esta suspensión deberá ser aplicada conforme a los artículos 20° y 21° del mismo cuerpo normativo.
TERCERO: SUSPENDER por cuatro (04) fechas al SR. ANDY JEFERSON POLAR PAREDES por haber infringido los artículos 49 y 65 del RUJ-FPF. Esta suspensión deberá ser aplicada conforme a los artículos 20° y 21° del mismo cuerpo normativo.
CUATRO: MULTAR al CLUB NACIONAL FBC con el pago de dos (2) UIT por la vulneración de los artículos 70° y 73° del RUJ-FPF. La Comisión Disciplinaria deja constancia que la multa se deberá abonar en Soles, considerando el valor de la UIT vigente.
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Posted by Planeta Deportes on Thursday, November 14, 2024