Liga 1

Por: Stewart Luya • Futbolperuano.com

La Comisión de Licencias le restó cuatro puntos a Sport Boys en la Tabla Acumulada de la Liga 1

Sport Boys cae al décimo sexto lugar del Acumulado de la Liga 1 con 34 puntos.

Actualización
Sport Boys. Foto: Club Sport Boys Association
Sport Boys. Foto: Club Sport Boys Association

Sport Boys cae al décimo sexto lugar del Acumulado de la Liga 1 con 34 puntos.

La Comisión de Licencias de la Federación Peruana de Fútbol le restó cuatro puntos a Sport Boys en la Tabla Acumulada de la Liga 1. De esta manera, el cuadro rosado vuelve a estar comprometido con el descenso.

Con la resta de puntos aplicada por la Comisión de Licencias de la FPF, Sport Boys cae al décimo sexto lugar del Acumulado con 34 puntos, uno más que Unión Comercio (17°) y uno menos que Deportivo Binacional (15°).

Resolución N°125-CL-FPF-2023:

1. DETERMINAR, como producto de esta fiscalización y posterior evaluación, que el CLUB SPORT BOYS ASSOCIATION ha cometido infracción al artículo 76.l del Reglamento de licencias.

2. APLICAR al CLUB SPORT BOYS ASSOCIATION, de conformidad con lo dispuesto en el numeral (ii) y (iii), del numeral 1del artículo 88 del Reglamento de licencias, la DEDUCCIÓN DE DOS (02) PUNTOS de la Tabla Acumulada del Campeonato de liga 1- 2023 y una MULTA DE CINCO (OS) UIT, por octava infracción al artículo 76.1 del Reglamento de licencias.

3. DETERMINAR, como producto de esta fiscalización y posterior evaluación, que el CLUB SPORT BOYS ASSOCIATION ha cometido infracción al artículo 73.2 del Reglamento de licencias.

4. APLICAR al CLUB SPORT BOYS ASSOCIATION, de conformidad con lo dispuesto en el numeral (ii) y (iii) del numeral 1del artículo 88 del Reglamento de licencias, la DEDUCCIÓN DEDOS (02) PUNTOS de la Tabla Acumulada del Campeonato de liga 1-2023 y una MULTA DE CINCO (OS) UIT, por novena infracción al artículo 73.2 del Reglamento de licencias.

5. ORDENAR que, la presente Resolución sea notificada al CLUB SPORT BOYS ASSOCIATION y a la Gerencia de licencias de la FPF y se publique.

6. DISPONER que la presente resolución podrá ser impugnada por el Club, en el plazo de siete (07) días calendario conforme lo señalado en el artículo 86 del Reglamento Para la Concesión de licencias de Clubes de Fútbol Profesional de la Federación Deportiva Nacional Peruana de Fútbol, a través de la Mesa de Partes Virtual de la FPF.